Provinciales

Anulan procesamiento contra el matrimonio Lesieux-Corona

La sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones de Mercedes deja sin efecto la acusación que pesaban sobre los ex intendentes en una causa por supuesto desvío de fondos para inundaciones. Sin embargo, siguen detenidos en otra causa con acusación de asociacion ilícita confirmada.

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Mercedes anuló el procesamiento que por supuestos delitos de corrupción afrontaban los ex intendentes de Perugorría Angelina Lesieux y Jorge Corona, quienes por el momento siguen detenidos después de haber estado prófugos durante varios meses en el marco de una causa por presunto desvío de fondos destinados a la construcción de viviendas.
El procesamiento anulado tiene que ver con una acusación que pesaba sobre ambos ex funcionarios (que además son marido y mujer) a partir de una denuncia por malversación de recursos destinados a la emergencia hídrica que Perugorría padeció en 2014.
En esta causa, los ex intendentes se beneficiaron por el fallo favorable a una presentación realizada por quien fuera auditor de la Municipalidad de Perugorría durante sus administraciones, Ernesto Moray Mussio, cuya defensa alegó contradicciones insalvables en la proceso de instrucción.
La Cámara con asiento en Mercedes hizo lugar al planteo del ex auditor, quien de esa manera sentó un precedente que favoreció a los demás imputados en el expediante: los ex jefes comunales Lesieux y Corona, Ester Ayala, Mariana Rodríguez y Patricia Vera.
A través de la Resolución Nº 123/19, la Cámara resolvió por mayoría declarar la nulidad del procesamiento de los ex intendentes y sus colaboradores a partir de un recurso de apelación presentado por la defensa de Moray Mussio, por entender que la resolución del Juzgado de Instrucción y Correccional de Curuzú Cuatiá (de fecha 9/11/18) es “contradictoria” y coloca al ex auditor “en estado de indefensión”.
“No sabe de qué defenderse, si de una participación primordial o meramente secundaria; que para, el caso de esta última participación, tampoco se determina en que forma colaboró el imputado”, plantearon los abogados Enrique Deniri y Carlos Martínez.
El Juzgado de Curuzú había imputadp a Moray Mussio por participar en maniobras que permitieron “desarrollar el hecho ilícito de la forma mencionada”-
Los camaristas expresaron que los argumentos de Moray Musio eran absolutamente atinados. En concreto, consideraron que si su colaboración fue “imprescindible” para que los hechos descriptos se desarrollen de la forma mencionada, “no se puede concluir –sin incurrir un vicio lógico– que actuó como partícipe secundario”.
“Esta situación, como bien lo pone de manifiesto el representante de la vindicta pública, coloca al imputado en un estado de indefensión”, señala el fallo que favoreció a todos los imputados.
La decisión de la Cámara de Apelaciones sobre Moray Mussio se extiende a todos los imputados en el marco de esas actuaciones, informó el Poder Judicial en un comunicado.
Esta causa es una de las derivadas de la iniciada por requerimiento de la Oficina Anticorrupción (Expte. Nº 7575/16), en las que el matrimonio Lesieux-Corona fue procesado como probable autor de los ilícitos de asociación ilícita en calidad de organizadora en concurso real con  malversación de caudales públicos en la modalidad de peculado reiterado en cinco oportunidades (cinco hechos en concurso real) y fraude en perjuicio de la administración pública en la modalidad de administración fraudulenta en cinco oportunidades (cinco hechos en concurso real), entre otros delitos, confirmados por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Mercedes en febrero de este año.

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